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Protección civil: En el ámbito de la protección civil el Departamento, a través de la Dirección General de Protección Civil, establece las directrices del servicio de atención de llamadas de urgencia 112 y organiza, coordina y supervisa el Centro de Coordinación Operativa de Catalunya - Cataluña (CECAT). A través del CECAT informa a la población de cómo actuar y autoprotegerse en situaciones de riesgo y emergencia, como accidentes y catástrofes naturales. También, elabora y gestiona los planes de emergencia de protección civil e impulsa su implantación mediante simulacros y los planes de actuación de los cuerpos operativos de emergencia. Desde este apartado puede informarse de las actuaciones anteriores y muy especialmente de los consejos de seguridad y medidas de autoprotección en caso de emergencia, los planes de emergencia vigentes, de la normativa y procedimientos vigentes en materia de planes de autoprotección, de la formación en el ámbito de la protección civil y de las noticias que genera la Dirección General de Protección Civil
CECAT: El Centro de Coordinación Operativa de Catalunya - Cataluña (CECAT) es el centro superior de coordinación e información de la estructura de protección civil de Cataluña. Vela por la buena gestión de las emergencias a través de la coordinación de los diferentes cuerpos operativos, organismos e instituciones involucradas en la resolución de situaciones en que sea necesario la activación de un plan de emergencias. Tiene como fin último la seguridad de las personas, de sus bienes y derechos, así como la previsión y la minimización de los efectos que pueden sufrir en caso de emergencia. El CECAT dispone de las herramientas para hacer frente a las situaciones de riesgo potencial (predicción de nevadas, aludes, lluvias, vientos ...) ya las situaciones de riesgo real (inundaciones, accidente químico, ferroviario, aeronáutico, etc). La coordinación que lleva a cabo el CECAT se fundamenta en la gestión de la información, en su análisis en tiempo real y en la toma de decisiones estratégicas de manera inicial, es decir, con tanta antelación posible a la materialización de la emergencia y sus efectos sobre la población. La función de coordinación también supone la gestión de la aplicación de las medidas de autoprotección de la población que pueda quedar afectada por un riesgo potencial o concreto y que implique la activación de un plan de emergencia. Por tanto, es también función principal del CECAT la difusión de los avisos y de las medidas de autoprotección que deben aplicar los ciudadanos en cada emergencia. El CECAT se creó mediante el Decreto 246/1992, de 26 de octubre. Para responder a la función de coordinación de emergencias lleva a cabo las actuaciones principales: • Coordinación permanente con los principales centros de emergencia • Valoración técnica y estratégica de la evolución de las emergencias, los accidentes y los episodios de riesgo potencial, de manera continuada • Gestión de la activación y desactivación de los planes de emergencia • Gestión central de los recursos operativos y la movilización de los medios públicos o privados necesarios • Gestión y difusión de la información, y los avisos a la población • La logística • Apoyo institucional • Apoyo al Consejo Asesor